Hogar Medio AmbienteSoberanía Alimentaria Semillas en disputa: cuando la regulación del mercado puede poner en riesgo la agricultura campesina

Semillas en disputa: cuando la regulación del mercado puede poner en riesgo la agricultura campesina

por Administrador Web

El debate sobre las semillas en Chile vuelve a poner sobre la mesa una pregunta fundamental: ¿son las semillas solamente un insumo para la producción agrícola o también un patrimonio vivo de las comunidades campesinas? Desde una mirada agroecológica, la respuesta apunta a recuperar su dimensión social, cultural y ambiental.

Las semillas no comienzan ni terminan en un saco comercial. Mucho antes de convertirse en un producto agrícola, son parte de una historia construida durante generaciones por campesinas, campesinos, comunidades indígenas y familias agricultoras que han seleccionado, guardado, reproducido e intercambiado variedades adaptadas a sus territorios.

Por eso, hablar de una regulación de semillas significa también hablar de soberanía alimentaria, biodiversidad, cultura campesina y derecho de las comunidades a conservar y reproducir sus propios recursos genéticos.

El Decreto Ley N.º 1.764, promulgado en 1977, establece que la investigación, producción y comercio de semillas deben regirse por sus disposiciones. Su estructura está orientada principalmente a ordenar el sistema semillero, establecer registros, regular la producción, certificación y comercialización, y fijar mecanismos de fiscalización.

El problema aparece cuando este marco se observa desde la realidad de la agricultura familiar campesina.

Una norma pensada desde el mercado

Uno de los aspectos más cuestionables del decreto es que su lenguaje y estructura están construidos alrededor de conceptos como producción, certificación, pureza varietal, registros, comercialización y control.

La propia norma define la semilla certificada en función de un proceso supervisado que garantiza identidad y pureza varietal, mientras que establece también una categoría de semilla corriente sujeta a requisitos establecidos por reglamentos.

Esta mirada puede resultar insuficiente cuando se aplica a las semillas tradicionales.

Las semillas campesinas no necesariamente responden a los mismos criterios de uniformidad, estabilidad y homogeneidad que caracterizan a una variedad desarrollada bajo esquemas convencionales de mejoramiento. Su riqueza está precisamente en su diversidad genética y en su capacidad de adaptación a condiciones locales.

Desde una perspectiva agroecológica, esa diversidad no constituye una imperfección que deba ser corregida: es una fortaleza frente al cambio climático, las sequías, nuevas plagas, enfermedades y transformaciones de los territorios.

Otro punto crítico se encuentra en las disposiciones relativas a la transferencia y comercialización.

El artículo 24 establece que solamente podrán transferirse y comercializarse como semillas aquellas que cumplan los requisitos establecidos por el decreto ley y su reglamento. A ello se suma que toda semilla transferida debe ser envasada y acompañada de una etiqueta que describa y garantice su contenido.

Desde la lógica de una organización comercial, estas exigencias pueden parecer razonables.

Pero desde la realidad campesina surge otra pregunta:

¿Qué ocurre cuando una semilla no circula como mercancía, sino como conocimiento, patrimonio y herramienta de reproducción de la vida?

El intercambio de semillas entre familias, comunidades y territorios forma parte de prácticas ancestrales como el trafkintu, el trueque, la donación y las redes comunitarias de conservación.

Estas prácticas permiten que una semilla pase de una generación a otra, se adapte a nuevos territorios y mantenga viva una diversidad que difícilmente podría ser conservada solamente mediante bancos o registros institucionales.

MAELA ha planteado precisamente la necesidad de rescatar, valorizar y divulgar los conocimientos locales relacionados con la conservación y manejo de semillas nativas, además de fomentar la agricultura ecológica familiar campesina y los mercados locales de intercambio.

Cuando la diversidad campesina no cabe en una categoría comercial

El Decreto Ley 1.764 establece además registros de productores y mecanismos de certificación. El Ministerio de Agricultura aparece como responsable de establecer normas de certificación y supervisar el proceso.

Aquí aparece una de las principales tensiones.

Una semilla campesina puede tener distintos nombres locales, presentar variaciones entre poblaciones y ser resultado de una selección realizada durante décadas por familias agricultoras.

Su valor no necesariamente reside en responder a un estándar de homogeneidad, sino precisamente en conservar una diversidad genética que permite la adaptación local.

En 2024, una resolución del Ministerio de Agricultura reconoció explícitamente la existencia de las semillas tradicionales y su contribución a sistemas alimentarios sustentables. El mismo documento reconoce que estas semillas son mantenidas por guardadoras, guardadores, campesinas, campesinos y pequeños productores, y destaca su diversidad y adaptación local.

El reconocimiento es relevante porque demuestra que existe una realidad que durante décadas no estuvo suficientemente reflejada en la legislación semillera.

La semilla también es memoria

Para la agroecología, defender las semillas no significa solamente defender una variedad vegetal.

Significa defender saberes, territorios y formas de vida.

Cada semilla criolla puede contener una historia: quién la cultivó, dónde fue seleccionada, qué características buscó una familia campesina, qué condiciones climáticas soportó y qué alimentos permitió llevar a la mesa.

Por eso, cuando desaparece una semilla también puede desaparecer una parte del conocimiento asociado a ella.

MAELA sostiene que la pérdida del control comunitario sobre los recursos naturales y productivos entre ellos las semillas debilita la soberanía alimentaria. Su propuesta apunta, en cambio, a fortalecer el control local sobre la tierra, el agua y las semillas, junto con circuitos locales de producción e intercambio.

El problema no está necesariamente en establecer normas que garanticen que una persona que compra una semilla comercial reciba un producto de calidad.

El problema aparece cuando las mismas lógicas y exigencias diseñadas para ordenar un mercado son aplicadas, directa o indirectamente, sobre prácticas campesinas que no funcionan bajo una lógica industrial.

Registros, certificaciones, etiquetado, controles, requisitos técnicos y eventuales sanciones pueden representar una carga significativamente mayor para una familia agricultora que para una empresa especializada.

El propio decreto contempla multas, comisos y sanciones para quienes produzcan o comercialicen semillas incumpliendo sus disposiciones.

Desde una perspectiva de justicia rural, esto plantea una cuestión que no debería quedar fuera del debate:

¿Puede una pequeña agricultora ser tratada bajo los mismos criterios que una empresa dedicada a la producción y comercialización masiva de semillas?

Una regulación socialmente justa debería reconocer las diferencias entre ambos mundos.

El peligro de perder soberanía sobre la semilla

La discusión también se conecta con el debate internacional sobre propiedad intelectual y derechos sobre variedades vegetales.

Desde el movimiento agroecológico latinoamericano existe una preocupación histórica frente a la tendencia a convertir los recursos genéticos en mercancías y concentrar su control en actores económicos con mayor capacidad tecnológica y financiera.

MAELA ha advertido sobre los efectos que pueden producir las políticas que favorecen la concentración de los recursos productivos y ha defendido el derecho de las comunidades a utilizar, gestionar y controlar recursos locales como la tierra, el agua y las semillas.

En Chile, esta discusión también estuvo vinculada al debate sobre UPOV 91, tratado que fortaleció los derechos de los obtentores vegetales y que fue objeto de fuertes cuestionamientos desde organizaciones campesinas y sociales por sus posibles efectos sobre el uso y reproducción de semillas.

Para una agricultura familiar que históricamente ha basado parte de su autonomía en guardar semillas de una temporada para otra, cualquier avance hacia sistemas que aumenten la dependencia de semillas comerciales puede traducirse también en mayores costos y menor autonomía productiva.

Desde una perspectiva agroecológica, el desafío para Chile no debería consistir solamente en mejorar la regulación del mercado de semillas.

El desafío mayor es construir un marco que reconozca que existen dos realidades que deben ser diferenciadas.

Por una parte, está el mercado de semillas comerciales, donde resulta legítimo establecer mecanismos de información, calidad y protección para quienes compran.

Por otra, está el mundo de las semillas nativas, criollas y tradicionales, sostenido por familias agricultoras, comunidades indígenas, guardianas y guardianes de semillas, huertas familiares y organizaciones campesinas.

Ambos espacios requieren reglas, pero no necesariamente las mismas reglas.

Proteger las semillas para proteger la agricultura familiar

Una política de semillas verdaderamente orientada a la soberanía alimentaria debería reconocer explícitamente el derecho de las comunidades y familias campesinas a guardar, reproducir, seleccionar, conservar, intercambiar y utilizar sus semillas tradicionales, sin transformar esas prácticas en una actividad burocrática o económicamente inaccesible.

También debería fortalecer los bancos comunitarios de semillas, las ferias campesinas, los trafkintu y otros espacios de intercambio; promover la investigación participativa; proteger los conocimientos tradicionales y garantizar que la conservación de la biodiversidad agrícola permanezca en manos de quienes históricamente la han cuidado.

Porque una semilla no es solamente el comienzo de una cosecha.

Es también memoria, alimento, cultura, autonomía y futuro.

Y si Chile quiere avanzar hacia sistemas alimentarios más resilientes frente al cambio climático, la pérdida de biodiversidad y la concentración de los mercados agrícolas, proteger las semillas campesinas no debería ser considerado un obstáculo para el desarrollo.

Debería ser entendido como una política de soberanía alimentaria.

La pregunta, entonces, no es solamente quién puede vender una semilla.

La pregunta de fondo es mucho más profunda:

¿Quién tendrá el derecho de conservar, reproducir y decidir sobre las semillas que alimentarán a las próximas generaciones?

Related Posts